miércoles, 25 de marzo de 2009

Mendoza – Régimen de Atracción de Inversiones y de Promoción del Empleo

Podrán adherir a este régimen todas las personas físicas y jurídicas cuya principal actividad se desarrolle en la provincia de Mendoza. Los principales beneficios dispuestos son:
1. cómputo como crédito fiscal en el impuesto a los ingresos brutos del monto equivalente a las contribuciones patronales a la seguridad social, obras sociales y ART pagadas por el personal incorporado durante el año 2009. Este beneficio podrá ser utilizado por cinco años
2. exención durante 10 años del impuesto a los ingresos brutos, sellos e inmobiliario, y estabilidad fiscal por 10 años.
3. cómputo como crédito fiscal transferible de hasta el 30% de la inversión total en nuevos emprendimientos productivos. Este crédito podrá utilizarse para el pago de impuesto a los ingresos brutos, inmobiliario, automotor y sellos.
Cabe destacar que esta ley se encuentra pendiente de reglamentación por parte de la Dirección General de Rentas.

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